viernes, 27 de noviembre de 2015

Los programas de prevención, concienciación y educación en materia de drogodependencia se organizan en los tres ámbitos siguientes. Conoce a continuación las actividades que se desarrollan en cada uno de ellos:
  • Comunitario: El Programa "Ciudades ante las Drogas" es actualmente el referente de la prevención comunitaria en nuestra Comunidad Autónoma. Desde su inicio en 1.997, ha ido aumentando de forma considerable la implicación de las Corporaciones Locales. Actualmente el 86% de la población andaluza reside en municipios que cuentan con actividades enmarcadas dentro del Ciudades ante las Drogas. Sus objetivos se centran en la reducción del uso y/o abuso de drogas, tanto legales como ilegales, así como de los factores responsables en la iniciación a su consumo, potenciando los factores de protección, y estimulando la participación de la población a través de sus organizaciones, para construir una ciudad más saludable. También es su objetivo la disminución de los riesgos asociados al consumo de drogas, con especial atención a los jóvenes consumidores ocasionales, generalmente de fin de semana, e incidir en los colectivos de mayor riesgo, como los menores en conflicto, hijos de alcohólicos, embarazadas, entre otros
    La Orden, por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, contiene las bases de las subvenciones para el desarrollo de los proyectos de prevención comunitaria, en la que se enmarca Ciudades ante las Drogas, cuyas actuaciones deben incidir en mayor medida en los sectores más jóvenes de la población y en los grupos de mayor riesgo social. A la financiación concedida por la Consejería hay que sumar la de los propios Ayuntamientos, que supone un 50% de la inversión total. Las actividades desarrolladas van dirigidas a los distintos ámbitos de intervención: educativo, comunitario, familiar y laboral.
    Acceso al PROGRAMA INFORMÁTICO "CIUDADES ANTE LAS DROGAS"

  • Familiar: La prevención en el ámbito de las familias debe ser un pilar fundamental en el que sustentar la prevención a nivel comunitario ya que las familias son los agentes de socialización más importante de las personas, aunque existen otros agentes, no menos importantes, como el sistema educativo, el grupo de amigas y amigos y los medios de comunicación, en los que las familias pueden incidir de forma primordial, controlando la relación con éstos. Una de la funciones principales de las familias es educar y lograr que hijos e hijas adquieran unos determinados valores y pautas de comportamiento. Si se enseña a los hijos e hijas a ser personas responsables y autónomas, capaces de afrontar las distintas situaciones de la vida cotidiana, estamos en definitiva, ayudándoles a enfrentarse adecuadamente a las drogas y a las adicciones. Pero a veces los padres y las madres encuentran muchas dificultades para llevar a cabo esta tarea, por esto se han puesto en marcha talleres en los que se trabajará sobre:
    • Porcentaje de consumidores de drogas en el último año, según EDAD y edad media de inicio de consumo. ESTUDES (14-18 años), 2012/2013
    • Ser madres y padres
    • Comunicación
    • Normas y límites
    • Valores y medios de comunicación
    • Autoestima
    • Resolución de conflictos
    • Ocio y tiempo libre
    • Relación familia-escuela
  •  Educativo:
    La Ley 4/1997 de Prevención y Asistencia en materia de drogas da especial relevancia a la prevención y la encuadra dentro de un contexto de amplitud e intersectorialidad, tanto del problema como de las causas que lo determinan. En su Título II, dedicado a la Prevención, Artículo 8.2. dispone que “Todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía establecerán en sus planes anuales el conjunto de actuaciones, tanto de desarrollo curricular como actividades extraescolares y complementarias, en orden a concienciar a los alumnos y alumnas acerca de la importancia de tener hábitos saludables, y de las consecuencias que conlleva para las personas y la sociedad el consumo de las sustancias a que se refiere la presente Ley”.
    rachado, porcentaje que va aumentando con la edad, hasta situarse en el 50% a los 16 años.
                                  

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